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Sobre la Salud

Condenado el SERMAS por no aportar protocolo de una intervención que provocó quemaduras en la mano de un paciente

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 19 de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) al pago de una indemnización de 15.999 euros por el daño ocasionado a un paciente como consecuencia de la falta de información de sus riesgos personalizados y los daños generados por quemaduras con suero caliente en el segundo dedo en una intervención quirúrgica en la mano izquierda.

 

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el juez estima el recurso de la afectada, tramitado a través de la Asociación El Defensor de El Paciente, contra la resolución en la que se le denegaba la reclamación patrimonial. A los 15.999 se suman 3.000 euros por costas procesales.

 

La paciente, de 63 años de edad, acudió al Hospital del Henares a fin de someterse a una intervención programada por la enfermedad de Dupuytren. En concreto presentaba rigidez en los 3 últimos dedos de la mano izquierda, situación que no le impedía realizar una vida normal siendo totalmente capaz para su trabajo.

 

Durante la intervención se produjo la quemadura y afectación del segundo dedo de la mano izquierda por el suero fisiológico demasiado caliente aplicado.

 

Se inició procedimiento administrativo planteando y reclamando tanto por la falta de información respecto de los riesgos personalizados de la intervención a la que se sometía el paciente como por el daño ocasionado, quemaduras graves en el segundo dedo de la mano izquierda como consecuencia de la aplicación del suero excesivamente caliente.

 

Ello le ocasionó unas graves quemaduras y ampollas que retrasó el inicio de la rehabilitación permaneciendo más tiempo de baja laboral, así como produciéndole además la afectación en la movilidad del curto dedo que anteriormente no presentaba.

 

En el procedimiento administrativo no hubo resolución alguna por lo que se acudió a la vía judicial dictándose sentencia por la que se ha estimado íntegramente la demanda interpuesta, reconociendo que no hubo una información adecuada en cuanto a los riesgos personalizados de un paciente diabético y el riesgo que ello supone, así como los daños ocasionados.

 

La sentencia reconoce que se "lesionó la autodeterminación del paciente al impedirle elegir con conocimiento entre las diversas opciones que se le presentan".

 

Concluye que "el consentimiento informado no era el adecuado en atención a sus condiciones de salud especificadas y determinadas por su diabetes" y que, con el daño efectuado por el suero caliente, no se obró por el SERMAS con la diligencia debida, naciendo su responsabilidad.

 

Asimismo, se pudo comprobar al aportar el expediente administrativo que no existía protocolo quirúrgico de la intervención, documento fundamental del acto quirúrgico donde se produjo la quemadura del segundo dedo de la mano.

 

Esa falta de documento y lo sucedido correspondía acreditarlo a la Administración, y así señala "la cuestión no es referir "lo que debió pasar" sino "lo que pasó" y no se ha dado cumplimiento por la Administración".

 

https://www.lavanguardia.com/local/madrid/20190128/4654591567/condenado-el-sermas-por-no-aportar-protocolo-de-una-intervencion-que-provoco-quemaduras-en-la-mano-de-un-paciente.html

 

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