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Poder Judicial proveerá almuerzo a los procesados

Uno de los abogados defensores, Amelio Sisco, había mencionado que los acusados pasaban hambre, pues no tenían qué comer.

Uno de los abogados defensores, Amelio Sisco, había mencionado que los acusados pasaban hambre, pues no tenían qué comer.


El tribunal de Sentencia, presidido por el juez Ramón Trinidad Zelaya, informó que el director de Administración del Poder Judicial, Rubén Ayala, autorizó la entrega del almuerzo, desde hoy y durante el desarrollo de todo el juicio, a los 11 acusados del caso Curuguaty.

El abogado Amelio Sisco había solicitado el almuerzo para los procesados en varias ocasiones, teniendo en cuenta que ellos no cuentan con recursos económicos suficientes y sus familiares están lejos. Incluso, mencionó que debido a que no se alimentan correctamente, los procesados están débiles, cansados y hasta con algunos problemas de salud.

Sanción a médico. Por otra parte, respecto al pedido de sanción al médico del Poder Judicial, Leonardo Zarza, presentado por el abogado Sisco, el tribunal consideró que la defensa debe recurrir ante el órgano competente. Amelio Sisco hizo la solicitud debido a que, según la defensa, el doctor mintió en su diagnóstico respecto al estado de salud de Rubén Villalba, el día en que este se desmayó en pleno juicio.

Conducta del fiscal Guerrero. En cuanto a la conducta demostrada por el fiscal Leonardi Guerrero, al hacer conclusiones ya durante el juicio respecto al hecho investigado, el tribunal recomendó al Ministerio Público que se guarde para el momento de los alegatos finales las cuestiones o los actos conclusivos a los que la Fiscalía cree que ha llegado.

Semana Santa. Con relación al traslado de los procesados que cuentan con arresto domiciliario hasta sus hogares durante la Semana Santa, el tribunal explicó que ya rechazó ese pedido días pasados. La decisión, de hecho, fue apelada y se encuentra en la cámara actualmente.

Atención a Rubén Villalba. El tribunal libró oficio a la Penitenciaría Nacional de Tacumbú para que remita informe pormenorizado de la atención que recibe en la sanidad de la institución el acusado Rubén Villalba, teniendo en cuenta que el informe emanado del Hospital Nacional de Itauguá indica que el procesado debe seguir un tratamiento y realizarse evaluaciones en un consultorio clínico.

El diagnóstico médico final de Rubén Villalba emitido por el Hospital de Itauguá indica: Accidente Isquémico Transitorio (AIT), es decir, un signo de advertencia de que se puede presentar un accidente cerebrovascular verdadero en el futuro si no se hace algo para prevenirlo; síndrome de confusión agudo e hipertensión arterial.

Pericia psicológica. Finalmente, el tribunal rechazó el pedido de nulidad de la pericia psicológica realizada a los acusados, hecho por el abogado Sisco. Según el defensor, no se les notificó las fechas en que estas entrevistas se llevarían a cabo y por tanto, la defensa no pudo participar del acto, por lo que repuso la decisión de los jueces.

El MP, por su parte, pidió el rechazo de la reposición, pues argumentó que no existe nulidad del acto, puesto que el Código Procesal Penal, en su artículo 165, define cuáles son las actuaciones judiciales que podrían ser objeto de nulidad. En este caso, acotó la fiscala Liliana Alcaraz, “estamos hablando de una pericia practicada por un experto, bajo ninguna circunstancia otra persona, llámese Fiscalía o defensa, puede participar de esa pericia, de lo contrario se desnaturalizaría”.

El tribunal rechazó la reposición y recordó a la defensa que en juicio se había explicado que las entrevistas quedaban supeditadas al calendario que los profesionales indicaran.

En este sentido, Sisco mencionó que en el caso de su defendido, Rubén Villalba, la cita estaba prevista para este 24 y 25 de marzo, sin embargo, el lunes pasado las psicólogas ya tuvieron la entrevista con él. Mencionó el artículo 222 del CPP, que establece que las partes y sus consultores técnicos podrán asistir al examen pericial.

Esta pericia psicológica fue solicitada por el Ministerio Público con el objetivo de determinar el estado de la salud mental de los acusados, de modo a establecer posteriormente la reprochabilidad de cada uno.

http://www.judiciales.net/especiales/curuguaty/2425-poder-judicial-proveera-almuerzo-a-los-procesados

 

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