Poder Judicial proveerá almuerzo a los procesados
Uno de los abogados defensores, Amelio Sisco, había mencionado que los acusados pasaban hambre, pues no tenían qué comer.
Uno de los abogados defensores, Amelio Sisco, había mencionado que los acusados pasaban hambre, pues no tenían qué comer.
El tribunal de Sentencia, presidido por el juez Ramón Trinidad Zelaya, informó
que el director de Administración del Poder Judicial, Rubén Ayala, autorizó la
entrega del almuerzo, desde hoy y durante el desarrollo de todo el juicio, a
los 11 acusados del caso Curuguaty.
El abogado Amelio Sisco había solicitado el almuerzo para los procesados en
varias ocasiones, teniendo en cuenta que ellos no cuentan con recursos
económicos suficientes y sus familiares están lejos. Incluso, mencionó que
debido a que no se alimentan correctamente, los procesados están débiles,
cansados y hasta con algunos problemas de salud.
Sanción a médico. Por otra parte, respecto al pedido de sanción al
médico del Poder Judicial, Leonardo Zarza, presentado por el abogado Sisco, el
tribunal consideró que la defensa debe recurrir ante el órgano competente.
Amelio Sisco hizo la solicitud debido a que, según la defensa, el doctor mintió
en su diagnóstico respecto al estado de salud de Rubén Villalba, el día en que
este se desmayó en pleno juicio.
Conducta del fiscal Guerrero. En cuanto a la conducta demostrada por el
fiscal Leonardi Guerrero, al hacer conclusiones ya durante el juicio respecto
al hecho investigado, el tribunal recomendó al Ministerio Público que se guarde
para el momento de los alegatos finales las cuestiones o los actos conclusivos
a los que la Fiscalía cree que ha llegado.
Semana Santa. Con relación al traslado de los procesados que cuentan con
arresto domiciliario hasta sus hogares durante la Semana Santa, el tribunal
explicó que ya rechazó ese pedido días pasados. La decisión, de hecho, fue
apelada y se encuentra en la cámara actualmente.
Atención a Rubén Villalba. El tribunal libró oficio a la Penitenciaría
Nacional de Tacumbú para que remita informe pormenorizado de la atención que
recibe en la sanidad de la institución el acusado Rubén Villalba, teniendo en
cuenta que el informe emanado del Hospital Nacional de Itauguá indica que el
procesado debe seguir un tratamiento y realizarse evaluaciones en un
consultorio clínico.
El diagnóstico médico final de Rubén Villalba emitido por el Hospital de
Itauguá indica: Accidente Isquémico Transitorio (AIT), es decir, un signo de
advertencia de que se puede presentar un accidente cerebrovascular verdadero en
el futuro si no se hace algo para prevenirlo; síndrome de confusión agudo e
hipertensión arterial.
Pericia psicológica. Finalmente, el tribunal rechazó el pedido de
nulidad de la pericia psicológica realizada a los acusados, hecho por el
abogado Sisco. Según el defensor, no se les notificó las fechas en que estas
entrevistas se llevarían a cabo y por tanto, la defensa no pudo participar del
acto, por lo que repuso la decisión de los jueces.
El MP, por su parte, pidió el rechazo de la reposición, pues argumentó que no
existe nulidad del acto, puesto que el Código Procesal Penal, en su artículo
165, define cuáles son las actuaciones judiciales que podrían ser objeto de
nulidad. En este caso, acotó la fiscala Liliana Alcaraz, “estamos hablando
de una pericia practicada por un experto, bajo ninguna circunstancia otra
persona, llámese Fiscalía o defensa, puede participar de esa pericia, de lo
contrario se desnaturalizaría”.
El tribunal rechazó la reposición y recordó a la defensa que en juicio se había
explicado que las entrevistas quedaban supeditadas al calendario que los
profesionales indicaran.
En este sentido, Sisco mencionó que en el caso de su defendido, Rubén Villalba,
la cita estaba prevista para este 24 y 25 de marzo, sin embargo, el lunes
pasado las psicólogas ya tuvieron la entrevista con él. Mencionó el artículo
222 del CPP, que establece que las partes y sus consultores técnicos podrán
asistir al examen pericial.
Esta pericia psicológica fue solicitada por el Ministerio Público con el
objetivo de determinar el estado de la salud mental de los acusados, de modo a
establecer posteriormente la reprochabilidad de cada uno.
http://www.judiciales.net/especiales/curuguaty/2425-poder-judicial-proveera-almuerzo-a-los-procesados
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