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Rechazan indemnizar a una niña que sufre un retraso mental tras una incidencia en el parto

El Consejo Jurídico desestima la solicitud de la familia existir la relación de causalidad que debe existir entre el daño por el que se reclama y el funcionamiento de los servicios públicos, en este caso, del hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia

El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha informado en contra de estimar la reclamación hecha por los padres de una niña que atribuyeron la minusvalía que esta padece por una mala atención en el parto y por la que reclamaron una indemnización de 600.000 euros.

En su demanda, los demandantes aseguraron que el parto se produjo en el hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia por cesárea, debido a que el feto tenía enrollado el cordón umbilical en el cuello. Durante la intervención, se produjo una aspiración de meconio, el primer excremento del recién nacido, que este sufrió.

Según los progenitores, esa incidencia, que ha tenido graves consecuencias para la niña, fue debida a que la madre no fue monitorizada cuando se programó el parto y, también, por no haberse realizado entonces la prueba del ph. También contribuyó a ello, añadieron, que el parto se retrasó siete horas y media desde que fuera programado.

La aspiración de meconio ha determinado que la niña sufra un retraso mental, junto con una epilepsia refractaria y alteración de conducta por una asimetría hipocampal. Esos daños implican que padezca una invalidez para poder trabajar y sustentarse por ella misma, hasta el punto de que precisa de sus padres, pues necesita ayuda para realizar las tareas más elementales de la vida diaria.

Sin embargo, el CJRM señala que a lo largo del expediente instruido en la Consejería de Salud tras la reclamación presentada por los padres no se ha demostrado la existencia de una mala práctica médica en la asistencia al parto.

Y añade que la desestimación ha de ser rechazada, como propuso el instructor del expediente, al no existir la relación de causalidad que debe existir entre el daño por el que se reclama y el funcionamiento de los servicios públicos. Finalmente dice que a esa misma conclusión se llegaría si se tuviera en cuenta que la reclamación fue planteada fuera de plazo.

 

https://www.laverdad.es/murcia/rechazan-indemnizar-nina-20190401100153-nt.html

 

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